El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo complemento de maternidad y paternidad a las pensiones, que tendrá una dotación fija de 378 euros anuales por hijo. Se trata de una modificación del antiguo complemento de maternidad que cuenta con dos notables modificaciones: ahora no es exclusivo para las mujeres, por lo que también podrán acceder a él los padres y, además, se podrá solicitar a partir del primer hijo —hasta ahora solo se podía acceder a partir del segundo descendiente—.
Desde 2016 las mujeres que hayan tenido dos o más hijos tienen derecho a un complemento en la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. Así, este complemento solo se percibe en el caso de esos tres tipos de pensiones.
Actualmente los complementos que reciben las mujeres a su pensión son los siguientes:
- Del 5% si han tenido 2 hijos.
- Del 10% si han sido madres de 3.
- Del 15% si lo han sido de 4 o más.
Una sentencia del Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 12 de diciembre de 2019 (asunto C-450/2018) declaró que dicho complemento, previsto solo para las mujeres, es discriminatorio con los hombres, al no permitirles acogerse al mismo.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró que este complemento de pensiones contributivas destinado a reducir la brecha de género resultaba «discriminatorio», de acuerdo con lo que se señala en el BOE por el que se adoptan nuevas medidas para atajar esta problemática social, por no reconocer el mismo derecho a los hombres que «se encuentran en una situación idéntica» —en la Ley General de la Seguridad Social se indican, no obstante, los requisitos que deben cumplir los hombres para tener reconocido este derecho de haberse visto afectada su carrera profesional por tener hijos—, el Gobierno apunta que se ha puesto de manifiesto «la defectuosa configuración legal del complemento en tanto compensación por aportación demográfica y la necesidad de proceder a su redefinición» para convertirlo en «un instrumento eficaz» de la reducción de la brecha de género.
En base a esta sentencia del TJUE los Juzgados están condenando al INSS a incrementar, a los hombres que hayan tenido dos o más hijos, hasta un 15% su pensión de jubilación o incapacidad.
El nuevo complemento de maternidad y paternidad
Importe del complemento
La compensación será una cuantía fija de 378 euros anuales por cada hijo a partir del primero (hasta un máximo de cuatro), que se reconocerá en todas las modalidades de pensión (jubilación, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad), salvo la jubilación parcial. Esta cuantía se irá actualizando de acuerdo con la revalorización de las pensiones y no computa a efectos de complemento a mínimos ni como tope de la pensión.
Beneficiaros complemento de pensiones
Este complemento nace para reducir la brecha en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a. Tradicionalmente, según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, este perjuicio lo han sufrido de forma abrumadora las mujeres.
Este complemento de maternidad y paternidad sustituye al que fue introducido en 2015, que establecía un suplemento solo para las mujeres a partir del segundo hijo. A diferencia del actual, el nuevo complemento también contempla que el beneficiario pueda ser el padre si acredita un perjuicio en su carrera profesional vinculado al nacimiento del hijo o hija.
El nuevo complemento de maternidad y paternidad de las pensiones tendrá mayor alcance que el actual complemento de maternidad, ya que se abonará a partir del primer hijo (lo que permitirá incluir a unas 30.000 personas que no lo percibirían este año), y no del segundo. También supone una ampliación respecto al complemento vigente hasta ahora al incluir también la jubilación anticipada voluntaria.
La medida supondrá un coste fiscal de algo más de 700 millones de euros para el año 2021 e irá aumentando en años posteriores.